Muchas de las fotos de este blog son de Ramiro Sisco con la comunidad Pilagá, en Las Lomitas, provincia de Formosa, Argentina.
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sábado, 21 de abril de 2018

LOS NENES con los nenes, LAS NENAS con las nenas




Me dejó un mensaje una amiga enojada, no, aterrada. Me cuenta que su hija de siete años fue al cumpleaños de una compañera donde después de jugar un rato, separaron a nenes de nenas. A los varones los pusieron a jugar al fútbol y a las nenas… las llevaron a una sala de “spa”. Les pusieron cremas, las maquillaron y les dieron ropa para disfrazarse de adultas. Luego, las chicas fueron llevadas para desfilarles a los varones que habían terminado de jugar a la pelota. Caminaban de un lado a otro con música de fondo que la animadora subía y bajaba a pura palma. Ellos las aplaudían o abucheaban según el caso.

La hija de mi amiga llegó a su casa maquillada y feliz: la habían aplaudido. Le contó a su mamá cómo fue la tarde. Le dijo que había sido el mejor cumpleaños de todos. Mi amiga juntó calma como una gladiadora zen (admirable), le preguntó qué pasaba si algún varón quería disfrazarse, por ejemplo, y la hija le contó que la animadora proponía eso cuando un varón hacía lío: “Si no te sentás, te ponemos el vestido de Frozen…”.




La práctica de spa para nenas y fútbol para varones ya la había escuchado, la ofrecen muchos salones de fiestas infantiles, está de moda. En Recoleta, en Flores, en La Plata y en Córdoba. Pero no conocía el nivel de detalles con el que los salones, animadores y padres marcan normativamente a sus pequeños invitados.

Mi amiga me cuenta que se juntó con otra madre y que quieren organizar una reunión de padres (porque “reunión de familias” nadie dice) en su escuela estatal del barrio de Caballito para hablar sobre este tema. Porque no es el primer cumpleaños donde los juegos reproducen y refuerzan prácticas de desigualdad que afectan a las biografías de niños y niñas y de aquellos que no se sienten incluidos en el binarismo. Me pide libros y videos para reformar su exposición.

Es entonces que pienso en la importancia de volver una y otra vez a hablar de la Ley de Educación Sexual Integral, la madre de todas las luchas. Para que la educación sexual sea parte de la currícula cotidiana de los chicos y chicas y no una ley semi olvidada por un Ministerio de Educación de la Nación que desfinanció al programa encargado de aplicarla. Que no forma docentes y que no compra materiales para las escuelas. Volver, una y otra vez, a la importancia de hablar de la querida ESI para problematizar y terminar con estas prácticas que imponen gustos y juegos según el sexo biológico, que legitiman la cosificación de la mujer y proponen un vestido a los varones como escarnio público.

En octubre se cumplen 12 años de la Ley ESI (PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION SEXUAL INTEGRAL, Ley 26.150), no dejemos de exigir su cumplimiento en todo el territorio nacional, en todos los niveles de enseñanza en todos los establecimientos educativos.

Sin ESI no hay #NiUnaMenos.


Cumpleaños infantiles y patriarcado: Un matrimonio difícil de disolver

Gabriela Larralde
Escritora e investigadora, autora del libro Una poética del género. Guía de lecturas para abordar la Ley de Educación Sexual Integral, que saldrá en agosto por Paidós.








jueves, 19 de abril de 2018

Debate sobre el aborto en el Congreso





El Gobierno aceptó abrir en la Cámara de Diputados una discusión sobre la despenalización del aborto. El proyecto propone legalizar la interrupción voluntaria de embarazos hasta la semana 14 de gestación. Según aseguraron desde el oficialismo, la iniciativa por el aborto legal, seguro y gratuito que se presentó en la Cámara baja se debatirá durante "dos meses" en un plenario de cuatro comisiones y, en caso de obtener dictamen, estaría listo para ser incorporado a una sesión en el recinto para su votación.

Dentro de Cambiemos son pocos los diputados que se mostraron a favor de la despenalización; sin embargo, legisladoras opositoras señalaron que son optimistas respecto de la aprobación de la normativa, que según ellas, se centra en derechos de la mujer aún no reconocidos.

La diputada de Libres del Sur, Victoria Donda, aseguró que la llegada del proyecto al Congreso "tiene que ver con la gran aceptación que tiene en la conciencia de la sociedad". Tras sostener que tiene "muy buenas expectativas" en cuanto al tratamiento de la norma, postuló que desde su espacio pretenden "que el aborto sea legal para que las mujeres pobres no mueran y para sacarnos a todas el peso de la clandestinidad".

A la hora de poner a la luz esta cuestión, según Donda, "se ponen en juego diversas cosas: beneficios económicos; la idea de la sociedad que se quiere construir; la conciencia de que las mujeres siguen abortando esté prohibido o no, la diferencia es que las pobres son las que se mueren". Además, resaltó que "se pone en juego el rol de la mujer en la sociedad".

Desde el Frente para la Victoria, la diputada Mayra Mendoza sintetizó que con este proyecto "se pone en juego el reconocimiento o no de muertes evitables y, básicamente, el derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo".

Mendoza reflexionó acerca de la discusión y aseguró que "este debate habla de la sociedad en la que vivimos: patriarcal, machista"...  "Aquellos que obstaculizan el debate y no quieren que este tema avance, están a favor del aborto clandestino"... "El aborto existe, se mueren las mujeres más pobres, en condiciones completamente indignas. Hoy hay muertes de mujeres que son evitables si podemos garantizar el acceso a la salud pública de las mujeres que abortan. La clandestinidad es riesgo para quienes no pueden pagar. Éste es un tema de salud pública".



Debate sobre el Aborto en el Congreso - Claudia Piñeiro





Debate sobre el Aborto en el Congreso - Dario Sztajnszrajber





Debate sobre el Aborto en el Congreso - Muriel Santa Ana





Debate sobre el Aborto en el Congreso - Mariana Carbajal





Debate sobre el Aborto en el Congreso









jueves, 14 de noviembre de 2013

CONTRA EL ACOSO SEXUAL POR INTERNET






El contacto de un adulto con un menor de edad a través de Internet, con fines sexuales, está sancionado desde ayer con penas de hasta 4 años de prisión. La nueva figura penal, que podría sintetizarse con el término de ciberacoso o grooming, fue creada mediante un voto unánime del Senado que, de esa manera, insistió con la aprobación de un proyecto sancionado hace dos años y desestimó el que habían redactado en Diputados, que preveía penas de menor magnitud.

La Justicia cuenta así con una herramienta para sancionar una conducta hasta ahora no prevista por el Código Penal: los jueces utilizaban figuras como exhibiciones obscenas, corrupción de menores o pornografía infantil, para castigar el acoso por medios digitales, aunque por falta de una calificación específica no siempre se podían probar.

De acuerdo con la ley sancionada ayer, será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que “por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos contactare a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual”. Quedan excluidos de esta figura los menores de 18 años.

La escala penal contemplada para este delito es idéntica a la de abuso sexual, es decir que equipara una conducta que implica el contacto físico con otra que es esencialmente virtual. Este proyecto había sido aprobado por el Senado en noviembre de 2011. Pero en Diputados, en septiembre de este año, fue modificada la escala penal: los legisladores entendieron que no se podía penar de la misma manera un delito como el acoso cibernético, que podía ser preparatorio para otro que consideraban más grave, como el abuso sexual. Por eso fijaron la pena de prisión de tres meses a dos años. Y establecieron una diferencia para los casos en que las víctimas sean mayores de 13 años: para acreditar el delito, se debía demostrar que el autor actuó con “engaño, abuso de autoridad o intimidación”.

Ayer, en la Cámara alta, los senadores de todos los bloques cerraron filas y respaldaron su propio proyecto. Con el voto favorable de los 42 presentes, lograron los dos tercios necesarios para ratificar el proyecto que habían aprobado hace dos años. “Insistimos con nuestra media sanción con la convicción de que estamos creando un tipo penal más simple, que va a resultar más fácil de probar en sede judicial y así lograr el castigo para este tipo de acciones”, dijo la senadora María Higonet (Frente para al Victoria) autora del proyecto.

También la senadora oficialista rionegrina María José Bongiorno –autora de una iniciativa en el mismo sentido– argumentó a favor de la sanción al decir que la votación de Diputados “cercena penas y no protege integralmente al menor”. En tanto, la justicialista disidente Sonia Escudero evaluó que la modificación de la Cámara baja “desfiguraba completamente la sanción del Senado”. “En nuestra sanción establecimos una pena de entre seis meses y cuatro años para que haya una amplitud suficiente para que un juez, de acuerdo con las características del caso, pueda aplicar las penas”, explicó.

Durante el debate, Higonet aportó datos de Unicef, según los cuales “el 30 por ciento de los adolescentes que tienen acceso a Internet tuvo algún tipo de acoso y sólo un 7 por ciento se animó a denunciarlo a los padres”. También citó el caso de la ONG holandesa Terre des Hommes, que publicó el perfil ficticio de una niña filipina de 10 años, que buscaba contactos sexuales, y obtuvo en pocas horas el contacto de 1.000 pedófilos de 71 países.

La nueva ley señala en sus fundamentos que la expansión del uso de las tecnologías ha favorecido este tipo de delitos, en los que adultos interactúan con niños a través de “fachadas que evitan el contacto físico y con identidad falsa”. En efecto, los abusadores se hacen pasar por personas de la misma edad que sus interlocutores, para ganar su confianza. A partir de allí, pueden sugerirles mostrar parte de su cuerpo ante una cámara o realizar actividades sexuales. También suelen hacer exhibiciones obscenas, como masturbarse frente a la cámara digital.

–Ahora que está la figura penal, ¿cómo detectar este delito, que se produce en la intimidad del cuarto del adolescente?

–La gran mayoría de los casos descubiertos aquí ha sido el resultado de investigaciones de la Policía Federal, por indicación del FBI, que persigue las redes de pornografía infantil. El 95 por ciento de los casos se detecta de esa manera, mediante trabajos de inteligencia del personal policial. Sólo una pequeña parte es denunciada por los chicos, que tienen miedo de hacer la denuncia, o por sus padres –respondió la senadora Higonet.

La legisladora recomendó buscar el acercamiento y favorecer el diálogo con los hijos, y alertarlos sobre el peligro de estos contactos, que se registran a través del chat o de las redes sociales, como Facebook.

“Los delincuentes comienzan por crear relaciones de falsa amistad, confianza y empatía para luego llegar al contacto físico con los menores, el abuso y la violación. No estamos penando una simple conversación sino una acción en donde un adulto está manifestando un deseo concreto de cometer actos con connotación sexual”, manifestó la senadora Higonet.

La sanción de la ley llegó después de una fuerte campaña de la sociedad civil, impulsada por víctimas y familiares. Más de 150 mil personas respaldaron el proyecto a mediados de este año, cuando todavía no había sido tratado en Diputados y corría el riesgo de perder estado parlamentario.

Ayer, los senadores tenían sólo dos opciones: ratificar el proyecto que venía de Diputados o insistir con el propio. Si introducían una nueva modificación, el texto no quedaba firme, el 30 de noviembre perdía estado parlamentario y el tratamiento legislativo debía comenzar de cero.













miércoles, 30 de octubre de 2013

AUNQUE NO LE GUSTE A CLARÍN LA 26.522 ES CONSTITUCIONAL







Cuatro años debió esperar la sociedad argentina para que el Poder Judicial declarara la plena vigencia de todos y cada uno de los artículos de la ley audiovisual, promulgada en octubre de 2009 con el propósito de asegurar la diversidad y el pluralismo de la comunicación por esos medios y “fortalecer una democracia deliberativa”, sin “voces predominantes” que asordinen a otras. El fallo firmado ayer ratifica que, aunque el gobierno no siempre lo advierta, la Corte Suprema sigue siendo uno de los grandes activos de este período democrático.
 
Con ser extensa e injustificada, esta dilación es apenas una parte mínima de una deuda mayor. Hoy, 30 de octubre, se cumplen 30 años de las elecciones presidenciales que pusieron fin a la última, cruel y extensa dictadura cívico militar. Ninguno de los gobiernos que se sucedieron durante un cuarto de siglo fue capaz de modificar a favor del interés general el restrictivo decreto firmado en su ocaso por Videla, porque los poderes fácticos condicionaron la institucionalidad republicana con la inmensa capacidad de presionar y corromper que ejercen sin pudor, como si fuera un intocable derecho adquirido.

Contra esto se rebeló sin éxito Alfonsín (sobre la base de un dictamen del Consejo para la Consolidación de la Democracia) y simuló hacerlo De la Rúa, con un proyecto de ley que llegó al Congreso y allí quedó para siempre. Sólo Menem consiguió enmendar aquel decreto, porque su proyecto no era la ampliación de derechos colectivos, sino la mayor concentración del poder mediático, que le dio impulso porque lo beneficiaba. La crisis de fin de siglo favoreció que la deliberación democrática ganara espacio sobre los intereses que resistían el cambio. Este itinerario describe bien el de la democracia argentina, que recién entonces pudo plantearse la liberación de los condicionamientos salvajes que la dejaron exánime.

Aquellos proyectos fallidos fueron retomados en la última década por la Coalición para un Radiodifusión Democrática (integrada por tres centenares de organizaciones sociales, sindicales y civiles), que los reformuló en una propuesta de 21 puntos.

El gobierno nacional los tomó como insumo para elaborar un anteproyecto que, durante varios meses de 2009, fue discutido en dos docenas de foros que se realizaron en distintos puntos del país. Con los aportes formulados en esos encuentros, el Poder Ejecutivo completó la redacción del proyecto que envió al Congreso. Fue la primera ley anotada artículo por artículo, desde el Código Civil del siglo XIX. Pero mientras aquel código fue obra de un solo hombre (Decreto/Ley de Radiodifusión 22.285), cuyo proyecto se aprobó sin debate, a libro cerrado, la ley audiovisual del siglo XXI fue una creación colectiva. Luego de los foros, cada cámara legislativa escuchó durante semanas a todos los interesados que tenían algo para decir y a raíz de esos planteos introdujo numerosos cambios en el texto que, al cabo de ese intensísimo proceso participativo, fue sancionado con amplias mayorías, imposibles de alcanzar sin el apoyo de distintos partidos políticos...
  



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Cuatro años después la ley está completa

En una de las decisiones más trascendentes y esperadas de la historia judicial de los últimos 30 años, la Corte Suprema declaró constitucional la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ldsca) y defendió su esencia antimonopólica como camino para “el fortalecimiento de la libertad de expresión y del derecho a la información de todos los individuos”.

Así, no sólo le señaló al Grupo Clarín que esos derechos por los que reclamaba no se encuentran afectados, sino que cuenta con la vigencia de una norma (que reconoce como amplia y largamente debatida) que es capaz de garantizarlos plenamente. “No se ha acreditado que el régimen de licencias ponga en riesgo su sustentabilidad económica”, afirma la sentencia. A la vez, reconoce al Estado la facultad de regular el mercado de medios donde –postula– no hay derechos adquiridos sobre las licencias, lo que no quita que si una empresa prueba en el futuro que sufrió un daño patrimonial producto de su adecuación al nuevo esquema pueda reclamar un resarcimiento. Según el fallo, el plazo de desinversión de un año está cumplido, por lo que el multimedios deberá acatarlo.

Cuatro de los siete jueces de la Corte fallaron a favor de la validez constitucional de toda la ley. Ellos son el presidente, Ricardo Lorenzetti; la vice, Elena Highton de Nolasco, Raúl Zaffaroni y Enrique Petracchi. Este grupo puso el foco en que los límites a “la cantidad de licencias y registros” permite garantizar el objetivo de “regular el mercado de medios audiovisuales para promover la diversidad y la pluralidad de voces y evitar que se consoliden prestadores en posiciones dominantes que distorsionen el mercado”.

Otros dos jueces, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, avalaron la restricción al número de licencias, pero consideraron que una vez concedidas conllevan un derecho adquirido hasta su vencimiento. Ese fue un nudo del debate interno. Para Carlos Fayt, toda la ley es inconstitucional.

Así, la mayoría de cuatro respaldó los cuatro artículos que el Grupo Clarín cuestionaba: el 41 es el que ata la transferencia de licencias a la autorización estatal; el 45 limita las licencias de televisión y radio; el 48 establece que la explotación de una licencia no implica un derecho adquirido; el 161 fija el plazo de desinversión de un año. Argibay y Maqueda declaran la inconstitucionalidad del 48. La jueza además cuestionó la obligación de desinvertir en un año y reclamó flexibilidad. Cuando se inicie la aplicación efectiva, surgirán nuevos pleitos, sea por el plan de desinversión o por el supuesto daño patrimonial. Clarín ya anunció también la opción de recurrir a tribunales internacionales.
Un largo camino

Desde 2009, la Corte intervino cuatro veces en el caso y siempre convalidó, aunque con acotaciones, la continuidad de la medida cautelar que eximió a Clarín de desinvertir. Desde principios de año, y ya enseguida después de que la Cámara en lo Civil y Comercial declaró la inconstitucionalidad de los puntos antimonopólicos de la ley, todo parecía indicar que había cuatro votos a favor de la constitucionalidad en la Corte, aunque el de Petracchi estaba rodeado de misterio. Después se vino encima el proceso electoral. La minoría suprema más contraria a la Ldsca, con respaldo de Lorenzetti, apostó a posponer el fallo bajo la suposición de que incidiría en las elecciones. Hace quince días, Petracchi entregó su voto. Fue el primero, y se quejó al presidente: “Doctor, esto hay que sacarlo”. Los supremos discutieron y, al final, ese día pactaron que firmarían la sentencia en el acuerdo posterior a las elecciones. Se tejieron teorías de todo tipo y versiones que hablaban de una decisión salomónica. Pero el fallo es contundente y, por su cariz y contenido, podría leerse como un refuerzo a la gobernabilidad.

Lorenzetti y Highton fueron los únicos que hicieron un voto conjunto, que encabeza la sentencia, cuyos términos comparte el resto de la mayoría. Regular el régimen de licencias, dicen, es una facultad del Congreso. La libertad de expresión, remarcan, es de gran entidad. Dice el fallo mayoritario: “Los medios de comunicación tienen un rol relevante en la formación del discurso público, motivo por el cual el interés del Estado en la regulación resulta incuestionable”. Y agrega, citando la Declaración sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana, que “tienen un innegable poder en la formación cultural, política, religiosa, de todos los habitantes. Si estos medios son controlados por un reducido número de individuos, o bien por sólo uno, se está, de hecho, creando una sociedad en donde un reducido número de personas ejercen el control sobre la información y, directa o indirectamente, la opinión que recibe el resto de las personas. Esta carencia de pluralidad en la información es un serio obstáculo para el funcionamiento de la democracia...”

Para promover la libertad de expresión, dice la Corte, el Estado puede sancionar normas que “organicen y distribuyan de manera equitativa el acceso de los ciudadanos a los medios masivos”. La Ldsca, según el tribunal, establece reglas que no están dirigidas a afectar a nadie en particular, sino que pone límites para todos los titulares de licencias por igual. Evalúa que Clarín no demostró que estuviera afectada la libertad de expresión ni “en riesgo su sustentabilidad económica”. Los límites a la concentración de licencias tampoco le impiden “alcanzar una dimensión de significativa importancia en el mercado audiovisual”.

Con una vuelta de tuerca el voto de Petracchi acota que es inadmisible decir que “sólo una economía de escala como la que posee actualmente” Clarín le garantiza “la independencia suficiente como para constituir una voz crítica, que no esté condicionada a la concesión de subsidios estatales o a la pauta oficial”. Hay muchos medios pequeños o medianos, dice, que la tienen y, al revés, grandes conglomerados de medios que pueden ser condescendientes con el gobierno de turno. El voto mayoritario asegura que el espíritu de la Ley de SCA es coherente con el derecho de los consumidores a la información y con la defensa de la competencia.



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Punto por punto

La mayoría suprema justifica “las restricciones al derecho de propiedad” del Grupo Clarín, que “no ponen en riesgo su sustentabilidad y sólo se traducen en eventuales pérdidas de rentabilidad”. Lo explican así:

- Por empezar, el fallo dice que acotar el número de licencias de radio y televisión permite “la participación de un mayor número de voces” y “mayor diversidad de opiniones”. Luego precisa que “la limitación del 35 por ciento de abonados aparece justificada ya que cualquier operador podría prestar el servicio a más de un tercio del mercado” y a su vez “el límite de 24 licencias (de cable), en tanto permite alcanzar un porcentaje del mercado similar (32,7 por ciento), tampoco se muestra irrazonable.

- Está justificada la restricción a diez licencias de radio. El espectro radioeléctrico es finito y admite mayor regulación.

- Define como “coherente” impedir acumular una licencia de cable y una de televisión abierta en una misma área.

- La ley de medios no implica un caso de “expropiación ni de revocación actos administrativos”, sino un “sistema de desinversión”. Clarín alegaba que no se le podía aplicar sobre licencias otorgadas o prorrogadas, como sucedió con el decreto 577, que estableció en algunos casos el vencimiento en 2017. Según los jueces las relaciones jurídicas son modificables.

- Aunque los jueces encontraron confuso el artículo 48, dijeron que “el titular de una licencia no tiene un derecho adquirido al mantenimiento de dicha titularidad frente a normas generales de desmonopolización o defensa de la competencia, que modifiquen el régimen”. Eso no impide –aclaran– que “quien considerase afectado su derecho de propiedad pudiera reclamar daños y perjuicios”. El modo de protección posible es la indemnización.

- La Corte avala que las licencias son intransferibles, aunque prevé como excepción que el Estado puede autorizarla si pasaron cinco años desde su adjudicación y es necesario para la continuidad del servicio.

- Señala que tampoco hay razones para declarar inconstitucional el artículo 161, que estableció el plazo de un año para desinvertir, y aclara que ese vencimiento se produjo el 28 de diciembre de 2011 y, pasados casi dos años, “resulta plenamente aplicable a la actora”, o sea Clarín.
La dimensión cultural

El voto de Zaffaroni remite en sus argumentos centrales a favor de la constitucionalidad de la ley a los de Petracchi, pero agrega a todo el análisis una dimensión más, la cultural. “Ningún Estado responsable puede permitir que la configuración cultural de su pueblo quede en manos de monopolios oligopolios”, dice, después de explicar que “los medios audiovisuales tiene una incidencia decisiva en nuestros comportamientos, en los miedos, en los prejuicios, en toda la vida de relación de los humanos”, hasta “determinan los propios proyectos existenciales de la población”. “La homogenización de nuestra cultura a través de la monopolización de los medios audiovisuales sería la destrucción de nuestro pluralismo, como lo es cualquier uniformización, por definición antípoda de la igualdad republicana y democrática.”

“Por ende –avanza Zaffaroni– no se discute” en este caso “una cuestión meramente patrimonial, dado que el derecho de propiedad queda a salvo en caso de probarse daños emergentes de actos ilícitos del Estado; tampoco se agota la discusión en torno de los derechos de información ni de expresión que, por otra parte, no están lesionados por esta ley. Lo que en el fondo se discute –apelando a tesis descartadas hace más de un siglo en su país de origen– es si se deja o no la configuración de nuestra cultura librada a la concentración de medios en el mercado. Jurídicamente, permitirlo sería una omisión inconstitucional, porque lesionaría nuestro derecho a una identidad cultural”.






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El futuro y lo acumulado

De nuevo, todo indica que la brega administrativa será a cara de perro y para nada sencilla. Los funcionarios concernidos deberán mantenerse serenos y firmes. Al mismo tiempo, recobra vigencia un desafío para el Gobierno. Es dedicar mejores afanes a todo el “espacio extra Clarín” que habilitó la Ley de SCA. Faltan regulaciones, faltan medidas concretas para el sector sin fines de lucro, faltan mayores incentivos a los medios comunitarios. Fortalecido por el fallo, el Gobierno deberá ponerse al día, con medidas que pudo y debió implementar antes.

En el contexto abierto ahora, con dos años de mandato presidencial por delante, crecen la significación y el potencial de las mayorías propias en el Congreso.

“Ganó el Gobierno” braman o hasta denuncian los medios hegemónicos y los dirigentes políticos que le hacen de comparsa. La carátula del expediente y la realidad expresan que quien defendía derechos colectivos es el Estado. Perdieron los poderes fácticos, la concentración económica...







jueves, 26 de septiembre de 2013

LULU ES MUJER





El gobierno de la provincia de Buenos Aires anunció ayer que rectificará la partida de nacimiento de Lulú, la nena trans de 6 años, y le entregará un DNI acorde con su identidad de género. Se trata de un hecho histórico por la edad de Lulú, destacó César Cigliutti, titular de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), entidad que viene acompañando el reclamo de la familia.

La historia de la niña fue revelada por Página/12 dos meses atrás. Gabriela, su mamá, recibió en la tarde de ayer la noticia de parte del jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, quien la llamó personalmente por teléfono. “Lloro y me río de la alegría que siento desde que me enteré. Vamos a hacer una fiesta”, dijo la mujer un rato después. “Mi hermana me dijo: ‘Lulú volvió a nacer’. Y yo le dije que no, que Lulú no volvió a nacer, que ella nació el 3 de julio de 2007 y tiene los mismos ojos desde entonces. Lo que pasó es que se le reconocieron sus derechos y se hizo justicia”, señaló Gabriela. Y describió el momento en que le dio la novedad a su hija: “La abracé y le dije: ganamos, ganaste, vas a tener tu nuevo documento”.

Pérez anunció junto al subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Alvarez Echagüe, que hoy concretará un encuentro con Gabriela. “El gobierno de la provincia de Buenos Aires ha tomado la decisión de dar una solución a este caso particular planteado por la familia de Lulú. Esta decisión tiene que ver con rectificar la partida de nacimiento y el DNI para adaptarlo a su identidad”, dijo Pérez. Y agregó: “La provincia es pionera en la inclusión de nuevos derechos a su ciudadanía, es la provincia que más matrimonios igualitarios tiene, que más reconocimientos de hijos de parejas homosexuales tiene, también ha sido pionero en la posibilidad de poner el primer apellido de la madre en una pareja heterosexual”.

El jefe de Gabinete de Daniel Scioli dijo que la decisión está amparada en la Ley de Género, sancionada un año atrás, y en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que en la Argentina tienen rango constitucional. “La tomamos, el gobernador, a través de este jefe de Gabinete y del subsecretario de Gabinete, teniendo en cuenta una cuestión humana, pero también, desde una cosmovisión del Estado: que se hagan efectivos los derechos de todos los ciudadanos”, subrayó.

La decisión bonaerense fue realizada un día después de que se conociera la resolución del secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Gabriel Lerner, que avaló el reclamo de Lulú, y consideró que negarle un nuevo DNI “configura una situación de afectación de los derechos” de la niña trans. En consecuencia, Lerner instruyó a la Dirección de Asuntos Legales de la Senaf a presentarse ante la provincia para pedir que reconsidere la revocatoria al pedido de la niña y su familia. También el Inadi, un mes atrás, se pronunció a favor del cambio de documento.

“Estoy totalmente emocionado. Esta decisión es muy gratificante, muestra cómo un gobernador le está poniendo el cuerpo a este objetivo que es proteger a Lulú y su identidad. Cuando le otorguen el DNI será el primer caso en el mundo de una niña trans que consigue su nuevo documento a través de un trámite administrativo, sin recurrir a la Justicia”, destacó Cigliutti. “A partir de este documento la sociedad es más linda, más inclusiva. Nunca antes se habían tenido en cuenta a las niñas y niños trans”, señaló Marcelo Sunthein, de la CHA.

El lunes, Gabriela, de 39 años, le envió una carta al gobernador Scioli donde le contó la historia de su hija –que nació con genitales masculinos– y sus padecimientos por tener un DNI que refleja el nombre de varón con el que fue inscripto al nacer. Y le pidió “encarecidamente” si podía otorgarle el nuevo documento. “Mi hija ha manifestado su elección de género a los 2 años de edad y desde los 4 años vive como niña e incluso concurre al jardín de infantes en sala de 5 años, donde respetan su identidad”, le recordó la mamá al mandatario provincial.

Lulú, su hermano mellizo y su mamá viven en el conurbano bonaerense y tienen el acompañamiento terapéutico de una psicóloga de la CHA, Valeria Paván, y del médico psiquiatra y psicoanalista Alfredo Grande, director clínico de la Cooperativa de Trabajo en Salud Mental. “El DNI es necesario pues debe reflejar no sólo su identidad sino el respeto que merece en el área de salud cada vez que la niña se enferma”, ya que “pasa por situaciones humillantes que le generan inmensa angustia cada vez que debemos presentar su DNI con nombre de varón cuando ella es una niña trans”, contó la mamá.

La familia tramitó el documento el año pasado, bajo la Ley de Identidad de Género y de acuerdo con los requisitos exigidos por la norma para los casos de menores de 14 años, pero le fue denegado: primero por el asesor de Incapaces del Tribunal de Morón, el 27 de septiembre de 2012, y luego por la directora del Registro de las Personas de la provincia de Buenos Aires, Claudia Corrado, el 12 de diciembre de ese año, con el argumento de que “el niño (sic) reviste la calidad de menor impúber, toda vez que no ha cumplido la edad de 14 años” y, en consecuencia, “tiene incapacidad absoluta, presumiendo que los actos practicados por ellos son realizados sin discernimiento”. En un extenso dictamen jurídico, la Senaf rebatió esa argumentación apelando a tratados internacionales de derechos humanos y niñez: consideró que los niños y niñas tienen una “capacidad progresiva” para dar su consentimiento, tal como lo establece la Convención sobre Derechos del Niño, que tiene jerarquía constitucional. El organismo nacional intervino en el caso a partir de una carta que Gabriela le envió a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner dos meses atrás.









“Hoy se ganan sus derechos muchos nenes trans”


Gabriela, la mamá de Lulú, todavía no puede creerlo. Hace un par de horas la llamó el jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, y le anunció que le darán el nuevo DNI a su hija, que nació con genitales masculinos, pero que a partir de los dos años empezó a manifestar y defender su identidad femenina.

“¿Vamos a tener una fiesta, mi fiesta de documento?”, le preguntó ayer Lulú a su mamá, apenas supo de la novedad. Sí, le contestó ella. Desde el año pasado, cuando le rechazaron el trámite para rectificar los datos en la partida de nacimiento de acuerdo con la identidad de género asumida por Lulú, Gabriela soñaba con la posibilidad de que esa decisión fuera revisada por la provincia de Buenos Aires. “Hoy (por ayer) se ganan sus derechos un montón de nenes trans que, seguramente, a partir de este caso, van a salir más a la luz. Varias mamás ya se comunicaron con la CHA para hacer consultas”, contó la mujer.

Gabriela recordó los inconvenientes que tiene cada vez que debe mostrar el DNI de Lulú cuando se va a dar una vacuna o a atender a un hospital. “Me preguntan: ‘¿No vino el nene?’. Y tengo que explicar. Es terrible. Porque en el DNI tiene nombre y foto de varón.”

La charla transcurre mientras Lulú está en clase de patín. Se escuchan de fondo la algarabía infantil de la niña y sus compañeras. “Acá no se termina nuestro camino. Nuestra vida sigue ahora con la lucha por la integración de Lulú. ¿Sabés todo lo que nos espera? Más adelante, los tratamientos con hormonas, y se analizará la cirugía (de reasignación de sexo). La lucha es de mi hija, yo la acompaño porque por su corta edad hay cosas que no puede hacer”, sostuvo Gabriela.

 La mamá está enojada con “muchos psicólogos que escuché en la televisión que decían que mi hija no podía decidir por su edad su identidad de género. Van a tener que volver a leer los libros. Mi hija se da cuenta de muchas cosas. Ella se me enfrentaba para decirme: ‘Yo soy ésta’”, apuntó.

Lulú concurre a la sala de 5 años en un jardín de infantes que respeta su identidad femenina. Se cambió a esa escuela este año. Los directivos conocen su historia. Desde que pudo hablar, al año y medio de vida, Lulú empezó a repetir: “Yo, nena”, “yo, princesa” y a ponerse ropa de su mamá y pedir muñecas para jugar. “A los cuatro años eligió un nombre femenino y pidió que la llamáramos así –recuerda Gabriela–. Nos dijo que si no le decíamos así no nos iba a contestar.”

Son poquísimos los casos de niñas o niños trans que se conocen en el mundo. Este año trascendió la batalla legal que ganó una nena transgénero de seis años, como Lulú, en Colorado, Estados Unidos, para poder usar el baño de mujeres en su escuela. La madre de Lulú viene dando distintas batallas.

“Para la mamá ha sido una sobreexigencia brutal y lo sigue siendo. Y además tiene una situación económica adversa”, destacó el psiquiatra Alfredo Grande, que atiende a la familia. También señaló la capacidad de Gabriela de haber escuchado el deseo de su hija. Al grupo familiar la acompaña además la psicóloga de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), Valeria Paván. Los terapeutas no le cobran a Gabriela: su situación económica es muy endeble. Desde la CHA la ayudan con algo de dinero. La mamá junta unos pesos vendiendo comida que cocina en su casa y reparte en bicicleta. Su ex marido no cumple con la cuota alimentaria desde diciembre. Y tampoco visita a sus hijos. La mujer solicitó un subsidio en el municipio en el que vive, pero no tuvo respuesta.






viernes, 13 de septiembre de 2013

ACOSO ESCOLAR





La Cámara de Diputados de la Nación transformó en ley el proyecto que busca prevenir la violencia física y verbal entre los chicos en las escuelas. La ley está  destinada a prevenir el acoso escolar, a través de la "promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas”. Prevé instancias de diálogo, sanciones y un 0800 para denuncias.



El acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matonaje escolar, matoneo escolar o por su término en inglés "bullying") es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. 



La autora del proyecto de ley aprobado ayer, la legisladora Mara Brawer, dijo. “Es una ley para el abordaje de la violencia, es más amplia que el bullying. En todas las escuelas tiene que haber un ámbito de participación para discutir, alumnos, docentes y padres, temas de convivencia. No puede haber silencio pedagógico”.

De acuerdo a la diputada nacional “lo que busca esta ley es fortalecer los ámbitos de participación y mejorar la convivencia en las escuelas que es la mejor forma de prevenir violencia”.

En referencia a los episodios de violencia que adquirieron público conocimiento ayer, donde una adolescente fue golpeada por “ser linda”, Brawer consideró “a esa chica que le pegaron tan brutalmente contó que desde abril venía viviendo estas amenazas. Entonces lo que determina la ley es que en todas las escuelas debe haber un espacio de participación desde el nivel inicial hasta terminar la escuela secundaria donde padres, docentes y alumnos tengan un espacio para discutir los temas de convivencia, contar lo que les pasa y prevenir este tipo de episodios”.

La diputada Brawer (FpV) explicó que “la ley no se enfoca en el individuo como víctima o victimario, sino que pone el acento en el contexto en que se dan las interacciones. Es un enfoque relacional que explica los comportamientos violentos en la interacción colectiva. Cuando se generan situaciones de violencia en una escuela, los conflictos no son únicamente de un alumno ni responsabilidad de un solo docente, sino de todos los miembros que integran esa comunidad educativa”.

En este sentido agregó: “Sobre el caso de ayer no puede ser que haya silencio pedagógico. La intervención docente disminuyen en un 50% los episodios de violencia”.

Al ser consultada sobre los fondos presupuestarios para fortalecer los equipos pedagógicos, una de críticas que se le formularon a la norma, Brawer respondió: “Yo no necesariamente estoy de acuerdo con la presencia de equipos en las escuelas. Con cambios en los manejos institucionales los episodios se modifican”.

En otra instancia de la entrevista se refirió a qué sucede una vez que un alumno comete bullying con alguno de sus compañeros. “Se lo expulsa de la escuela y se lo acompaña en la búsqueda de vacantes en otras escuelas. Siempre se trabaja con las instituciones”.








“Las investigaciones demuestran que en aquellas escuelas donde se supera el silencio y se encaran los problemas, generando espacios de diálogo y de intervención de padres y docentes, el acoso escolar disminuye hasta en un 70 por ciento”, indicó la diputada y pedagoga.

En una primera instancia, la propuesta fue tratada y aprobada por la Cámara de Diputados el 21 de noviembre de 2012. El Senado votó favorablemente el 3 de julio pasado, pero con modificaciones que obligaron a que el proyecto vuelva a ser tratado en la Cámara baja. En las primeras horas de ayer, la iniciativa fue convertida en ley con el voto de la mayoría de los diputados.

En cuanto a las sanciones, la ley estipula que “deben tener un carácter educativo” para permitir al agresor “hacerse responsable progresivamente de sus actos”. “De nada sirve si hay una transgresión y al alumno simplemente se lo castiga como una medida punitiva. El chico debe entender la consecuencia de sus actos y para eso es importante contextualizar las sanciones y escuchar al chico en su descargo. Ponerle 20 amonestaciones y expulsarlo no es educar”, resaltó Brawer.

Con la sanción de la norma, la cartera educativa nacional debe crear un 0800 “pensado para que aquellos que no se animan a contar lo que les pasó o que la escuela no los escucha puedan hacerlo a través de esta línea telefónica”, sostuvo Brawer.




miércoles, 2 de enero de 2013

OÍDOS SORDOS









SER MUJER ES DIFÍCIL, ES PELIGROSO, DUELE. LA VIOLENCIA FÍSICA Y SIMBÓLICA QUE SE EJERCE SOBRE EL CUERPO Y EL ALMA DE LAS MUJERES NO SÓLO VIENE DESDE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, O DE PARTE DE HOMBRES GOLPEADORES, SINO QUE NI SIQUIERA LAS LEYES APROPIADAS SE CUMPLEN...



En 1921 la legislación argentina permitió los abortos no punibles. En el 2012 todavía no terminan de cumplirse. La explicación para que hayan pasado 91 años sin que se ejecute la ley excede lo racional y roza los obstáculos que se plantean cuando los derechos se funden con el cuerpo de las mujeres. Sin embargo, para destrabar los obstáculos a los derechos, el 13 de marzo del 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo –conocido como el caso FAL– en donde ordenó que se cumpliera con el artículo 86 del Código Penal y estableció que el aborto no es punible cuando el embarazo provenga de una relación sexual no consentida. Además, el máximo tribunal afirmó que no se requiere autorización judicial ni denuncia policial previa para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en estos casos.

Por su parte, la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) realizó un balance de cumplimiento, a nivel nacional, del fallo de la Corte sobre aborto no punible a nueve meses de su dictado. El resultado es que de las 24 jurisdicciones sólo 5 poseen protocolos que se corresponden, en su gran mayoría, con lo establecido por la Corte; 8 jurisdicciones regulan los permisos con exigencias que podrían dificultar el acceso a los abortos no punibles y 11 provincias aún carecen de protocolos. También señalan que el macrismo y el Poder Ejecutivo Nacional están en falta.

Las provincias que se alinearon más cabalmente al dictamen judicial son Chubut, Santa Fe, Chaco, Jujuy y Tierra del Fuego. Por su parte, sólo cumplieron en forma parcial el del Poder Judicial Salta, La Pampa, Córdoba, Entre Ríos, provincia de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Río Negro y Neuquén. Por estos obstáculos y palos en la rueda, en Santa Fe, Salta, Córdoba y Ciudad Autónoma de Buenos Aires se interpusieron acciones judiciales a favor y en contra de la implementación efectiva de los protocolos vigentes. Pero directamente hay regiones donde no obedecieron aún la exhortación de la Corte, como Mendoza, San Luis, Misiones, La Rioja, Santiago del Estero, Tucumán, Formosa, Corrientes, Catamarca, Santa Cruz y San Juan. La ADC también destaca que el Estado nacional se encuentra en falta en la reglamentación de un protocolo de atención reglamentado para todo el país.

El informe se llama “Aborto no punible. A nueve meses de ‘F.A.L. s/ medida autosatisfactiva’. ¿Qué obtuvimos y qué nos queda por obtener?”, fue realizada por Mercedes Cavallo y Roberto Amette, y destaca: “Si bien la existencia de protocolos de atención no es un prerrequisito ineludible para el acceso al aborto no punible, en muchas jurisdicciones la falta de protocolos con algún tipo de aval normativo ha dado lugar a la inaccesibilidad sistemática de la práctica. Aunque la mera sanción de protocolos de atención no asegura, en sí mismo, el acceso a los abortos permitidos, sí implica un paso normativo importante para que el acceso se posibilite en muchos casos”.

Alvaro Herrero, director ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), sostiene: “A nueve meses del fallo FAL, se han registrado avances positivos en su implementación y una tendencia receptiva a los principales lineamientos de la sentencia. Sin embargo, sólo cinco distritos han acatado íntegramente lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En esa línea, resultó una sorpresa la heterogeneidad de reacciones, porque provincias como Tierra del Fuego, Chaco y Jujuy rápidamente respondieron al fallo implementando protocolos acordes a lo requerido por el tribunal, mientras que otras, como Salta o La Pampa, lo hicieron a medias. En tal sentido, las respuestas de las provincias no pueden explicarse de acuerdo al signo político de sus respectivos gobiernos”.

Los cuerpos, la vida, la sexualidad y la seguridad de las mujeres se escapa de lo partidario pero no de la política.

Herrero acentúa: “Sorprende que algunos distritos importantes no hayan cumplido con una sentencia del máximo tribunal. En tal sentido, las deudas más grandes corresponden a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al gobierno nacional. En CABA, se cometió un grave error al vetar íntegramente el protocolo sancionado por la Legislatura. En el caso del gobierno nacional, de haber adoptado un protocolo podría haber traccionado a muchas provincias. La absoluta falta de reacción y liderazgo del Ministerio de Salud de la Nación en este tema ha sido un obstáculo sumamente importante para el cumplimiento de FAL”.

La ADC es muy crítica respecto del macrismo y, también, de la falta de una legislación a nivel nacional: “En este contexto, es preciso resaltar la falta de cumplimiento del fallo de la Corte Suprema por parte del Gobierno. El no acatamiento del Poder Ejecutivo nacional de lo dispuesto por el tribunal es por sí solo un serio problema institucional, al cual debe sumársele la falta de liderazgo que se produce cuando el Ministerio de Salud de la Nación, máximo responsable de la política sanitaria de nuestro país, ni siquiera se ha pronunciado sobre el tema. Esta conducta pone de relieve la grave responsabilidad del gobierno nacional, cuyo Ministerio de Salud aún no refrendó la Guía Técnica de Atención Integral de Abortos No Punibles a través de una resolución ministerial, paso ineludible para que dicha guía tenga efecto legal. Además, el ministerio tampoco convocó a una reunión del Consejo Federal de Salud (Cofesa) para acordar con los ministros de Salud provinciales la adopción de las medidas necesarias para una adecuada atención de los abortos no punibles. Vale mencionar que el ministro de Salud tampoco respondió a los pedidos de reunión que se le hicieron oportunamente desde algunos sectores de la sociedad civil para tratar este tema”.

Mientras que Mabel Bianco, presidenta de la Fundación Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), apunta: “Lamentablemente el fallo de la Corte sobre cómo se debe garantizar el acceso de quien lo solicita al aborto no punible según el Código Penal se cumple en muy pocos servicios de salud públicos del país. Esto se debe a la falta de una conducta rectora del Ministerio de Salud de la Nación, que debió haber aprobado por resolución ministerial el protocolo de aborto no punible que sigue lo que la Corte planteó y además debió haber promovido un acuerdo en el Consejo Federal de Salud con todos los ministros de Salud provinciales, para que se aplique el protocolo en todo el país. La inacción del Ministerio de Salud hizo que cada provincia adoptara su propia conducta, desarrollando un protocolo propio con criterios distintos y la mayoría diferentes de lo que establecía la Corte. Es por eso que decimos que, según dónde viva y a qué servicio concurra, la mujer tendrá distinta atención. Esto es grave, porque los derechos se deben respetar en todo el país y, en este caso, no ocurre. Es lamentable que con los adelantos en leyes y normas sobre derechos humanos estos derechos no se garanticen y las mujeres, sus esposos/parejas y familias sufren y mueren”.

La despenalización del aborto y la reglamentación del aborto no punible son dos ejes parlamentarios que deben figurar en la agenda política del 2013. Al respecto, el presidente de la ADC, José Miguel Onaindia, sostuvo: “Es indispensable que se impulse el tratamiento de una revisión legislativa integral. La mayoría parlamentaria demora ese tratamiento que implica sostener en el tiempo la desprotección de derechos humanos esenciales”.



CADA CUAL ATIENDE SU CUERPO

En el mapa rojo de la Argentina, donde ser mujer enfrenta más escollos y ser mujer y ser pobre y ser violada no tiene puentes sino trabas para aliviar el dolor, son once provincias las que se negaron –hasta ahora– a aprobar apenas una reglamentación que les quite a los médicos/as la excusa de negarse a realizar un aborto no punible. Y no tuvieron la voluntad política de allanar el camino hacia camillas seguras y gratuitas.

En Mendoza, el gobernador Francisco Pérez afirmó públicamente que no acataría el fallo de la Corte. Sin embargo, un proyecto de ley para adherir a la Guía Técnica nacional obtuvo media sanción en la Legislatura, durante septiembre, pasó por la Comisión de Salud de la Cámara alta y recibió los aportes y posturas de diversos sectores de la sociedad. Aunque el 11 de diciembre el Senado votó en contra de la adhesión y Mendoza se quedó sin protocolo de aborto no punible. Y con un fin de año que demostró, una vez más, que a pesar de los avances en otros rubros la ampliación de derechos de las mujeres requiere de una firme voluntad política y una amplia movilización social.

En la provincia de San Luis, directamente, la presidenta del Superior Tribunal de Justicia manifestó que el fallo de la Corte no exige que sea obedecido. Mientras que el gobernador Claudio Poggi expresó que el tema se resolvería a través de debate en la Legislatura. Pero, todavía, San Luis sigue sin protocolo. Las provincias de Misiones, La Rioja, Santiago del Estero y Tucumán recibieron con beneplácito la decisión en la causa FAL; sin embargo, aún no refrendaron, a través de normativa vigente, protocolo o guías para la atención de los abortos no punibles, según lo exhortado por la Corte. En tanto, Formosa, Corrientes, Catamarca y San Juan tampoco cuentan con protocolos de atención de abortos no punibles.

Mientras que la contracara más positiva la representan cinco provincias. Las jurisdicciones cuyos protocolos de atención se ajustan más cabalmente a lo dispuesto por la Corte son Chubut, Santa Fe, Chaco, Jujuy y Tierra del Fuego.

En Chubut, en realidad, no necesitaron el tirón de orejas del máximo tribunal y en el 2010 ya votaron un protocolo de aborto no punible para los casos en donde peligra la salud o la vida de la mujer o haya sido violada. En las situaciones de violencia sexual sólo se necesita una declaración jurada y las adolescentes a partir de los 14 años pueden consentir la práctica. No se exige la actuación de equipos interdisciplinarios o interconsultas obligatorias. Asimismo, el protocolo contempla que la objeción de conciencia debe ser siempre individual y previamente declarada, y que las autoridades del hospital deberán asegurar el acceso al aborto a través de algún profesional no objetor. “Otro aspecto favorable de la ley chubutense reside en que estipula responsabilidad profesional en caso de incumplimiento de la norma. Esto es relevante dado que desincentiva las conductas obstructoras del derecho de las mujeres”, resalta el informe de Cavallo y Amette.

Por su parte, en abril de 2012, la provincia de Santa Fe dictó la resolución 612/2012 que adhiere a todo lo dispuesto en la Guía Técnica de Atención Integral a los Abortos No Punibles, en su versión actualizada de 2010, y avanza en que la objeción de conciencia no puede alegarse cuando existe peligro inminente para la vida o la salud de la mujer ante la ausencia de profesionales no objetores y que las usuarias deberán ser informadas sobre la objeción en la primera consulta que realicen. Las otras provincias con legislaciones positivas son bastantes similares a la de Santa Fe.

“Si bien el escenario actual es más promisorio que el que relevamos (en un informe anterior) hace cinco meses, queda mucho trabajo aún por delante para conseguir la adecuación de las normativas en aquellas jurisdicciones donde su falta –o su redacción restrictiva– impiden el acceso al aborto no punible. En otras palabras, donde impiden el ejercicio de un derecho reconocido por ley. Sin embargo, sabemos que el trabajo no se agotará en la victoria normativa, dado que la inaccesibilidad al aborto permitido parece abrir nuevos frentes de resistencia todos los días, entre los que preocupan especialmente el activismo judicial en contra del derecho de las mujeres al aborto no punible”, aseguró la investigación llevada adelante por los abogados Mercedes Cavallo y Roberto Amette durante diciembre del 2012.

La conclusión es que los mal llamados grupos pro vida o bien calificados como ultraconservadores apuntan –entre otras cosas– al fuego judicial a pesar de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por eso, justamente, se necesita una legislación nacional que despeje las dudas y no le quite tiempo a una situación –un embarazo forzado– que se caracteriza por su urgencia.






sábado, 8 de diciembre de 2012

FRENTE DE TORMENTA















La nena escuchaba el prónostico meteorológico en la radio, mientras miraba por la ventana cómo se inundaba la calle de casa, como un río salvaje en la ciudad de la furia neoliberal...



─ ¿Qué es un frente de tormenta, papi?



Los fallos del juez neoyorquino Thomas Griesa y el de la Cámara Civil y Comercial están cortados por la misma tijera. Una tijera que mostró el filo en el comunicado que hicieron conocer las asociaciones de magistrados como marco previo a las concesiones que se le hicieron al Grupo Clarín.

El fallo de la Cámara Civil y Comercial fue más allá de lo que esperaba la Corte y le dio a la megaempresa todo lo que exigía. Y lo mismo sucedió con Griesa que concedió a los fondos buitre todo lo que exigían. El filo de la ideología dura de esos fallos es que en ambos se ignoran los argumentos del Estado nacional. Sólo aparecen como sujetos de derecho las grandes empresas, la propiedad privada se convierte en el único principio a defender frente al interés público o el bien común que son despreciados o sólo tomados en cuenta como posible amenaza a los negocios. La concepción neoliberal de la economía y de la política toma cuerpo en la Justicia a través de estos fallos y sus consecuencias.

Una cosa lleva a la otra, porque por sobre todo aparece así la deformidad de una Justicia sometida a poderes fácticos. Una figura que ya era juzgada con ironía y desprecio en las letras criollas del siglo XIX y que nunca termina de ser superada.

La declaración de los magistrados que circuló en defensa de los jueces recusados por el Gobierno habla desde un pedestal que la Justicia argentina todavía no se ha ganado y que no lo hará en la medida en que permita actitudes falderas con los poderes fácticos.

Si hay algo de lo que podría estar orgulloso el ámbito de la Justicia argentina sería de los juicios a los viejos represores. Sin embargo, en su seno hubo más obstrucciones que respaldos a los reclamos de la sociedad durante más de 20 años para que fueran juzgadas las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

Hay jueces meritorios en esa trayectoria, pero lo real es que los juicios finalmente sólo pudieron efectuarse por la decisión que se planteó desde el poder político. El texto de defensa corporativa que hicieron circular los magistrados el jueves de esta semana, poco antes de que se conociera el fallo de la Cámara Civil y Comercial, es muy similar a los ataques de la corporación judicial contra Néstor Kirchner cuando el ex presidente expresaba su indignación por la demora de los juicios.

Cada vez que Kirchner se pronunciaba en ese sentido, había jueces y abogados que le saltaban a la yugular. Decían que era una intromisión del Ejecutivo en el Poder Judicial. “Avasallar”, “ignorar”, “pisotear”, todo eso decían que hacía Kirchner cuando criticaba a la Justicia por esas demoras. La Cámara de Casación llegó a frenar más de 190 causas, algunas de ellas por tres años. Cínicamente, el ex titular de ese tribunal, Alfredo Bisordi, y el ex fiscal Romero Victorica responsabilizaron a los familiares de los desaparecidos por esos retrasos, lo que motivó una reacción furibunda de los organismos de derechos humanos y más críticas públicas del entonces presidente. Al final, Bisordi fue obligado a renunciar para no llegar al juicio político que se le empezaba a plantear en la Magistratura. Al poco tiempo renunció Romero Victorica. Bisordi se dedicó entonces a defender a represores como Luis Patti ya sin ocultar su absoluta parcialidad ideológica, que demostró que las presiones de Kirchner estaban justificadas y sirvieron para depurar el Poder Judicial.

Cuando renunció, nadie salió en defensa de Bisordi porque el ciclo de las dictaduras ya estaba lejano y anacrónico. Pero lo defendieron durante la disputa. Y, en todo caso, no fue desde el seno de la Justicia que se impulsó su alejamiento.

Así un tribunal, subordinado a un poder fáctico como fue durante décadas la corporación militar, obstaculizó durante años los juicios a los represores y cuando se lo cuestionaba surgía a coro la defensa de la corporación judicial. Igual que sucede ahora en relación con una causa que involucra a otro poder fáctico, como es el poder económico, en este caso el Grupo Clarín.

Cuando los jueces defienden a algunos de sus colegas que han sido recusados por participar en actividades de lobby de esa gran empresa, tienen que asumir también su propia responsabilidad por la imagen de la institución que integran. La acusación fue muy concreta. Y además se producía después de que habían salido a la luz las maniobras del juez Ricardo Recondo que, como miembro de la Magistratura, frenaba el proceso natural para la designación de jueces, y aprovechaba entonces, como integrante de la Cámara Civil y Comercial, para elegirlos a dedo. A favor de Clarín o en contra de la ley de medios, las acciones de Recondo pusieron bajo la lupa a todos los jueces que tenían que actuar en relación con esa causa. Y de allí surgieron las recusaciones.

Certal es una institución creada para realizar actividades de lobby a favor de las empresas de medios de comunicación. La hija del juez Recondo está a cargo de la parte argentina, donde tienen preeminencia los directores que provienen del multimedia local. En su declaración de principios, Certal dice que se dedica a esclarecer sobre la libertad de expresión en el continente. Obviamente nunca reconocerá que se trata del lobby empresario del sector, algo que es difícil de ocultar por su composición, por su financiamiento y por el tipo de actividades que realiza. La empresa puede organizar todo el lobby que se le ocurra. Pero los jueces tienen que cuidar su investidura y no mezclarse en estas actividades que involucran a una de las partes en litigio.

En función de esa estrategia, el Grupo Clarín, a través de sus múltiples negocios, también trabaja con gran cantidad de abogados de los principales estudios porteños. Esto genera vínculos familiares con funcionarios judiciales, lo cual también enturbia sus desempeños en causas ligadas con las empresas del grupo. El Estado usó este argumento para recusar a la jueza Graciela Medina. Finalmente la Cámara integrada por los jueces recusados pareció confirmar la veracidad de todas las recusaciones al emitir un fallo tan desequilibrado a favor de la megaempresa, una decisión tan desprolija que debería provocar la intervención de la Corte.

El fallo de la Cámara sirvió para demostrar, en todo caso, que el Estado no tiene influencia sobre la Justicia y que no puede decirse lo mismo del Grupo Clarín. O sea que la independencia de los jueces tiene más que ver con los poderes fácticos que con el Estado.

El Gobierno tiene un frente de tormenta muy fuerte con grandes corporaciones. Por un lado, está este litigio con el Grupo Clarín por la aplicación de la ley de medios que ya lleva tres años frenada por chicanas y cautelares. Por el otro lado, todavía está pendiente el fallo de la Cámara de Nueva York por los fondos buitre. Y de la misma manera aguarda otro fallo del Tribunal del Mar por el embargo de la Fragata Libertad.

Este escenario se completa con una fuerte puja con las grandes potencias por el proteccionismo aduanero. El Gobierno denunció ante la Organización Mundial de Comercio a los Estados Unidos y a la Unión Europea por impedir el ingreso de productos argentinos. En la contraofensiva, Estados Unidos y la Unión Europea se pusieron de acuerdo para presentar a su vez una denuncia contra Argentina por prácticas proteccionistas. Son los efectos de la crisis. Si el Gobierno afloja en alguno de los dos sentidos, el desempleo aumentaría vertiginosamente. Son situaciones ríspidas provocadas por la crisis en las economías centrales que buscan de cualquier manera exportar esa crisis a la periferia. Brasil afrontó el asedio con medidas similares a las de Argentina.

En el plano interno, las grandes corporaciones que actúan contra el Gobierno junto con la presión de las grandes potencias encontraron aliados de hecho aparentemente insólitos en los sindicalistas Pablo Micheli, del ala opositora de la CTA, la CGT de Hugo Moyano y la CGT de Luis Barrionuevo, que anunciaron una movilización contra el Gobierno para el 19 de diciembre, una fecha que rememora la rebelión de 2001, en la que no participó ninguna de esas fuerzas. En este juego de equívocos, se supone que es un sector gremial que se expresa en forma combativa, pero en su afán opositor termina por alinearse de hecho junto a fuerzas que siempre han sostenido gobiernos contrarios a los trabajadores. Con un discurso contra las corporaciones, movilizan para desgastar a un gobierno que está en medio de una fuerte confrontación con ellas. Desde el Gobierno repiten el dicho: “Hablar es gratis, lo que vale es lo que se hace”. En este sentido, las luces de alarma están prendidas en el oficialismo y no por esta movilización, sino por la posibilidad de un esquema desestabilizador más amplio.

Algunos dirigentes del kirchnerismo prevén un verano agitado en el que se definirán las pujas con el Grupo Clarín y con los fondos buitre mientras la crisis mantiene una fuerte presión sobre la economía y temen que ese cuadro pueda ser aprovechado para generar situaciones de desestabilización.




jueves, 15 de noviembre de 2012

7D: LA LEY ES PARA TODOS


















El clima en la conferencia de prensa en la que el titular del AFSCA, Martín Sabbatella, explicó cómo será el proceso de adecuación de los medios audiovisuales después del 7 de diciembre, fue tranquilo y cordial. Pero se vio apenas interrumpido por dos preguntas de enviados del Grupo Clarín, que hicieron una curiosa interpretación tanto de la ley como de los dichos del funcionario.


AFSCA – Estado de situación de los grupos de medios


Alejandro Alfie, periodista del diario Clarín, sostuvo que el 7 de diciembre no vence ningún plazo legal para desinvertir en los medios que exceden lo permitido por la ley y que lo dicho por Sabbatella “era mentira”. Ante eso, el funcionario le contestó que eso era lo planteado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que no estaba faltando a la verdad.

Unos minutos más tarde, el cronista de Todo Noticias (TN), lanzó: “¿Por qué usted cree que ir a la justicia no encuadra dentro del sistema democrático?”. Cuando se le preguntó por qué afirmó eso, el enviado de Clarín reconoció que no estaba dicho con esas palabras en el spot por la ley de medios.

“En ningún momento dije que ir a la justicia no encuadra con el sistema democrático", arrancó Sabbatella. Y continuó: “No lo dije con esas palabras. Sabemos, y es una obviedad, que cualquier ciudadano puede ir a la justicia cuando considera que hay una situación que lo afecta. El estado argentino y el Afsca han sido respetuosos de todos los fallos judiciales y lo seguirá siendo. Una resolución de la Corte dice que el 7D es la fecha limite y dice que como no hay riesgo para la libertad de expresión en el cumplimiento de la ley, se pone una fecha limite a la cautelar porque si no lo tiene funciona resolviendo la cuestión de fondo de quien presento la cautelar”.

“Se construye un relato porque no se quiere decir la verdad, que es: se quiere defender la posición dominante que existe. Se busca un relato para buscar una causa noble. Hay un solo grupo (Clarín) que dice ´No vamos a presentar nada ni antes del 7d. Por lo cual no están cumpliendo, no estamos inventándolo”, concluyó Sabbatella.




EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA...

Ley de Medios 161 Corte Suprema




LA CONFERENCIA DE PRENSA DE SABBATELLA...





viernes, 4 de mayo de 2012

LA ESCUELA, YPF y EL FUTURO









Hoy fuimos a la escuela donde cursa la nena, una escuela pública. Se hizo un acto por una doble conmemoración del 1º de Mayo: por el Día del Trabajo, y por el día de la Constitución Nacional (Ley 25.863).

Los pibes y pibas de sexto grado le hicieron un reportaje a tres padres y una mamá de alumnos de la escuela para que cuenten sobre sus trabajos. Fue una alegría escuchar cómo respondía cada uno de elllos. Hablaban entusiasmados sobre sus tareas cotidianas, y quedó flotando en el aire un cúmulo de palabras asociadas a "Trabajo": compromiso, dedicación, estudio, responsabilidad, placer, amor.

También, los pibes hicieron una enorme tarea de investigación: afiches con letras grandes y carteles sobre la Constitución, y cada uno de ellos contó algo sobre la misma para que entiendan los más chicos...


    El texto constitucional consta de un preámbulo y dos partes normativas:

    La Primera parte: Declaraciones, Derechos y Garantías (artículos 1 al 43).

    Art. 1º.- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución.

    (...)

    Art. 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

    Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.

    Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

    El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

    La Segunda parte: Autoridades de la Nación (artículos 44 al 129).

    Art. 44.- Un Congreso compuesto de dos Cámaras, una de diputados de la Nación y otra de senadores de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires, será investido del Poder Legislativo de la Nación.




Hubiera sido lindo y didáctico escuchar cómo se realiza la tarea legislativa, para que los pibes y pibas vean qué sucede en el Congreso de la Nación. Escuchar a un diputado como Agustín Rossi, por ejemplo.

Es innegable que la recuperación de significa un triunfo de la soberanía nacional sobre la rapacidad corporativa internacional. Y significa más trabajo, más ciencia, más investigación, más capacitación, más desarrollo, más recursos y bienestar para los habitantes de esta bendita patria. Más escuelas y Universidades.

Y la política, otra vez, dio respuestas a las necesidades de la población. Y es un orgullo contar con dirigentes políticos dignos y comprometidos con el interés general para la construcción de una patria justa, libre y soberana...










domingo, 20 de noviembre de 2011

DERECHOS A TUS DERECHOS






El día 20 de noviembre ha quedado institucionalizado como Día Internacional de los Derechos del Niño, o Día Universal de la Infancia. Es una fecha que nos hace recordar que un niño no es solamente un ser frágil que necesita que se le proteja, sino también una persona que tiene el derecho a ser educado, cuidado y protegido dondequiera que haya nacido. Es más, un niño es una persona que tiene el derecho a divertirse, a aprender y a expresarse.

Todos los niños tienen el derecho a tener una familia, ir a la escuela, a recibir cuidados médicos, y a alimentarse para garantizar su desarrollo en todos los aspectos.

La Convención de los Derechos del Niño...

"Convenir" significa estar de acuerdo acerca de algo y tomar una responsabilidad ante lo que se "conviene". La Convención de los Derechos del Niño es un conjunto de normas acordadas que deben respetar todos los países que la firmaron y ratificaron. Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, los artículos de esta Convención proponen nuevos aportes a los contenidos en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, y fundamentalmente avanza en el aspecto jurídico, al hacer a los Estados firmantes "jurídicamente" responsables de su cumplimiento.

La Convención Internacional por los Derechos del Niño es una ley escrita por adultos para proteger a los chicos y las chicas.

Usa palabras un poco complicadas. Pero no hace falta que seas abogado para conocer la ley... ni para exigir que se cumpla.

Por eso nos pareció excelente la idea que tuvo un amigo al que queremos mucho: se llama Franceso Tonucci y trabaja como "niñólogo", es decir que trata de comprender cómo piensan y qué necesitan los chicos y las chicas para ayudarlos a defender sus derechos. Francesco reescribió los principales artículos de la ley expresándolos en un lenguaje cotidiano, para que todos los podamos comprender

Convención por los Derechos del Niño y del Adolescente

Aquí vas a poder conocer tus derechos. Están plasmados en una ley , pero con eso no alcanza: para que se cumplan hace falta que todos los conozcamos y los defendamos en cada momento. Te invitamos a sumarte a la tarea de difundir y exigir que los derechos de todos los chicos se hagan realidad.









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